IUSera
Registro digital 2025033 · Tesis aislada · 11a. Época · III.1o.C.10 K (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

AUTORIZADO EN TÉRMINOS AMPLIOS DEL PÁRRAFO PRIMERO DEL ARTÍCULO 12 DE LA LEY DE AMPARO. EL ASESOR JURÍDICO FEDERAL EN FUNCIONES DE REPRESENTANTE ESPECIAL DE UNA PERSONA MENOR DE EDAD TIENE FACULTADES PARA DESIGNAR CON ESE CARÁCTER A OTROS ASESORES JURÍDICOS.

Constitucional y Amparo Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: El progenitor de una menor de edad promovió juicio de amparo en contra de una determinación judicial que dispuso la forma de ejercer derechos de convivencia entre ambos padres y la niña. En el procedimiento del amparo se asignó como representante especial de la menor de edad a un asesor jurídico federal adscrito a la delegación del Instituto Federal de Defensoría Pública, a quien se le discernió en el cargo, y éste designó autorizados en términos amplios a otros asesores jurídicos adscritos a la propia delegación, conforme al artículo 12 de la Ley de Amparo. El Juez de Distrito le negó...

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