IUSera
Registro digital 2025018 · Jurisprudencia · 11a. Época · PC.XXXIII.CRT. J/2 A (11a.) · PLENO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONOMICA, RADIODIFUSION Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MEXICO Y JURISDICCION EN TODA LA REPUBLICA.

SUSPENSIÓN DEFINITIVA EN EL JUICIO DE AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA LOS EFECTOS Y LAS CONSECUENCIAS DE LA RESOLUCIÓN NÚM. RES/894/2020 EMITIDA POR LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA (CRE).

Energía y Minería Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes se pronunciaron en forma divergente respecto de la procedencia de la suspensión definitiva de los efectos y las consecuencias de la Resolución Núm. RES 894/2020 emitida por la Comisión Reguladora de Energía (CRE). Uno consideró que de la ponderación del orden público, el interés social y la apariencia del buen derecho es procedente conceder la suspensión definitiva; en cambio, el otro sostuvo que al no satisfacerse esos presupuestos dicha medida cautelar debía negarse. Criterio jurídico: El Pleno de Circuito en Materia Administrativa...

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