SERVICIO MÉDICO ASISTENCIAL DE PENSIONES CIVILES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA. LA OMISIÓN DE DAR RESPUESTA A LA SOLICITUD DE UNA DERECHOHABIENTE DE AFILIAR A SU CÓNYUGE VARÓN, CONSTITUYE UNA APLICACIÓN TÁCITA DEL SISTEMA NORMATIVO QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS APLICABLES A LOS BENEFICIARIOS PARA ACCEDER A LA SEGURIDAD SOCIAL.
Texto de la tesis
Hechos: La quejosa derechohabiente promovió juicio de amparo indirecto contra la omisión de Pensiones Civiles del Estado de Chihuahua de dar respuesta a la solicitud de afiliación de su cónyuge varón como beneficiario de los servicios médicos asistenciales que presta dicha institución, reclamando con motivo de su vigencia, la inconstitucionalidad de los artículos 25, fracción II y último párrafo y 27 del Reglamento de Servicios Médicos para los Trabajadores al Servicio del Estado de Chihuahua. El Juez de Distrito sobreseyó en el juicio al considerar que dichas disposiciones tienen el carácter...
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