RECUSACIÓN EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO. ES IMPROCEDENTE DESECHAR DE PLANO LA DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO INTERPUESTA CONTRA LA DETERMINACIÓN QUE DECLARA INFUNDADO EL INCIDENTE RELATIVO, AL NO SER NOTORIO NI MANIFIESTO QUE CONSTITUYE UN ACTO QUE SÓLO AFECTA DERECHOS INTRAPROCESALES [INAPLICABILIDAD DE LA TESIS DE JURISPRUDENCIA 2A./J. 29/2021 (10A.)].
Texto de la tesis
Hechos: El Juez de Distrito desechó de plano la demanda de amparo indirecto presentada contra la determinación que declaró infundado el incidente de recusación planteado respecto de un Juez de Control del sistema penal acusatorio, al estimar que se actualiza de manera notoria y manifiesta la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con el diverso 107, fracción V, interpretado en sentido contrario, ambos de la Ley de Amparo, al no ser un acto de imposible reparación, ya que sólo afecta derechos procesales de la parte quejosa, por lo que podía ser reclamado,...
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