IMPUESTO PREDIAL. EL ARTÍCULO 5, FRACCIÓN I, INCISOS A) Y B), DE LA LEY DE INGRESOS PARA EL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL DE ALLENDE, GUANAJUATO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2020, QUE PREVÉ LAS TABLAS DE VALORES UNITARIOS DE TERRENO Y DE CONSTRUCCIÓN PARA DETERMINAR LA BASE GRAVABLE DE ESE TRIBUTO, VIOLA EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA.
Texto de la tesis
Hechos: La quejosa argumentó en el recurso de revisión que el artículo 5, fracción I, incisos a) y b), de la Ley de Ingresos para el Municipio de San Miguel de Allende, Guanajuato, para el ejercicio fiscal del año 2020, que prevé las tablas de valores unitarios de terreno y de construcción viola el principio de legalidad tributaria, porque los parámetros que debe observar la autoridad administrativa para clasificar un inmueble atendiendo a la zona de su ubicación y para el encuadramiento de determinada construcción atendiendo a su tipo, calidad y estado de conservación, no están establecidos d...
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