RECURSO DE QUEJA EN EL JUICIO DE AMPARO. SI EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO AL CONOCER DE ÉSTE ADVIERTE QUE EL JUEZ DE DISTRITO ERA INCOMPETENTE PARA EMITIR LA RESOLUCIÓN RECURRIDA, POR TRATARSE DE ACTOS RECLAMABLES EN LA VÍA DIRECTA, DEBE DECLARARLA INSUBSISTENTE Y AVOCARSE AL CONOCIMIENTO DE LA DEMANDA EN ESA VÍA.
Texto de la tesis
Hechos: La quejosa, por propio derecho y en representación de su menor hijo, demandó del tercero interesado una pensión alimenticia; el demandado reconvino el divorcio incausado y el Juez de primera instancia lo decretó; contra dicha resolución la parte actora promovió amparo indirecto. El Juez de Distrito desechó la demanda relativa por falta de definitividad, pues contra el acto reclamado procedía el recurso de apelación; inconforme, la parte quejosa interpuso recurso de queja. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que si al conocer del recurso de queja en el juici...
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