PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE SEGURIDAD SOCIAL (RECONOCIMIENTO DE RIESGOS DE TRABAJO Y PAGO DE SU INDEMNIZACIÓN). LA INTERVENCIÓN Y FIRMA DEL PRESIDENTE DE LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN EN EL LAUDO, NO MOTIVA SU NULIDAD.
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio laboral tramitado en la vía especial de seguridad social se reclamó, entre otras prestaciones, la calificación de riesgos de trabajo por enfermedad y padecimientos adquiridos, así como el pago de la indemnización correspondiente; el presidente de la Junta Federal intervino y firmó el laudo que dirimió esa controversia. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la intervención y firma del presidente de la Junta Federal de Conciliación en el laudo que resuelve una controversia de seguridad social (reconocimiento de riesgos de trabajo y pago de su i...
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