ACCIÓN CAUSAL. PROCEDE LA VÍA CIVIL CUANDO LA RELACIÓN JURÍDICA SUBYACENTE QUE DIO ORIGEN A LA EMISIÓN DEL TÍTULO DE CRÉDITO RESPECTIVO ES UN CONTRATO DE MUTUO.
Texto de la tesis
Hechos: La Caja de Previsión de la Policía Preventiva de la Ciudad de México demandó en la vía mercantil, en ejercicio de la acción causal prevista en el artículo 168 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y reveló que el negocio jurídico subyacente que dio origen a la emisión del título de crédito respectivo, era un contrato de mutuo, celebrado en razón de la prestación laboral otorgada a un miembro de esa corporación; sin embargo, se desechó la demanda, en virtud de que ese préstamo no se consideró mercantil en términos del artículo 358 del Código de Comercio. Criterio jurídic...
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