IUSera
Registro digital 2024688 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 17/2022 (11a.) · Primera Sala

VÍCTIMAS POR VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS. LA SENTENCIA ESTIMATIVA DE AMPARO ES APTA PARA RECONOCER ESA CALIDAD A LA PARTE QUEJOSA, DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE AMPARO Y LA LEY GENERAL DE VÍCTIMAS, PARA LOS EFECTOS ADMINISTRATIVOS CONDUCENTES.

Constitucional y Amparo Derechos Humanos Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sostuvieron criterios distintos al analizar si el Juez de amparo está facultado para reconocer la calidad de víctima a la parte quejosa en el juicio de amparo; ya que mientras uno fundó su decisión en la falta de disposición expresa en este sentido en la Ley de Amparo, el otro sostuvo que ello es viable de conformidad con la Ley General de Víctimas. Criterio jurídico: La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que la sentencia estimativa de amparo tiene una doble función, ya que, por un lado, determina que...

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