IUSera
Registro digital 2024672 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 53/2022 (11a.) · Primera Sala

PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN EN EL PROCESO PENAL ACUSATORIO. SU VIOLACIÓN TIENE COMO CONSECUENCIA LA REPOSICIÓN TOTAL Y NO PARCIAL DE LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, CON UN JUZGADOR QUE NO HAYA CONOCIDO DEL CASO PREVIAMENTE.

Penal Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Una persona fue sentenciada por su plena responsabilidad en la comisión del delito de secuestro con complementación típica y punibilidad autónoma. Inconforme, interpuso recurso de apelación en el cual el Tribunal de Alzada modificó la sentencia impugnada. En desacuerdo, aquélla promovió juicio de amparo directo, en el cual el Tribunal Colegiado de Circuito del conocimiento advirtió la infracción al principio de inmediación dentro del proceso penal acusatorio, cuya audiencia de juicio oral se había llevado desde hace más de cinco años a la presentación de la demanda, por un Juez diverso...

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