IUSera
Registro digital 2024668 · Tesis aislada · 11a. Época · I.15o.C.1 K (11a.) · DECIMO QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

PROMOCIONES DE TÉRMINO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. SON OPORTUNAS SI SE PRESENTAN EL ÚLTIMO DÍA DE VENCIMIENTO DEL PLAZO ANTE LA OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO QUE PRESTE SUS SERVICIOS FUERA DEL HORARIO NORMAL DE LABORES EN LA SEDE DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO A LOS QUE SE DIRIGEN (APLICACIÓN DEL ACUERDO GENERAL 21/2020 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL).

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Un Juez de Distrito previno a la parte quejosa para que en el plazo legal de cinco días hábiles subsanara irregularidades de su demanda de amparo indirecto. La parte quejosa desahogó dicha prevención el último día del plazo, pero presentó el escrito correspondiente en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados de Circuito, por lo que el Juez tuvo por no presentada la demanda, ya que dicho órgano no es el competente para recibir tal promoción y para cuando fue recibida en el juzgado, resultó extemporánea su presentación. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado d...

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