IUSera
Registro digital 2024612 · Tesis aislada · 11a. Época · 1a. IV/2022 (11a.) · Primera Sala

RECURSO DE APELACIÓN EN EL PROCESO PENAL ACUSATORIO. EL ARTÍCULO 468, FRACCIÓN II, DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, AL PREVER QUE SERÁ APELABLE LA SENTENCIA DEFINITIVA EN RELACIÓN CON AQUELLAS CONSIDERACIONES "DISTINTAS A LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA SIEMPRE Y CUANDO NO COMPROMETAN EL PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN", VIOLA EL DERECHO DE LAS VÍCTIMAS U OFENDIDOS DEL DELITO A CONTAR CON UN RECURSO EFECTIVO.

Constitucional y Amparo Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En una demanda de amparo directo se alegó la inconstitucionalidad del artículo 468, fracción II, del Código Nacional de Procedimientos Penales, por violentar los derechos fundamentales de la víctima del delito al negarle la posibilidad de acceder a un recuso judicial efectivo. El Tribunal Colegiado de Circuito del conocimiento negó el amparo al considerar, entre otras cuestiones, que los conceptos de violación relacionados con la inconstitucionalidad eran fundados pero inoperantes pues si bien era cierto que el referido precepto era inconstitucional, de acuerdo con el criterio contenid...

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