IUSera
Registro digital 2024588 · Tesis aislada · 11a. Época · XXIV.1o.10 K (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CUARTO CIRCUITO.

INCIDENTE DE MODIFICACIÓN O REVOCACIÓN A LA SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. PROCEDE TRATÁNDOSE DE LA SUSPENSIÓN DE PLANO O DE OFICIO Y NO ÚNICAMENTE RESPECTO DE LA DECRETADA A PETICIÓN DE PARTE (INTERPRETACIÓN ANALÓGICA, SISTEMÁTICA Y FUNCIONAL DEL ARTÍCULO 154 DE LA LEY DE AMPARO).

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: El Juez de Distrito desechó por improcedente un incidente de modificación a la suspensión de plano por hecho superveniente concedida en un juicio de amparo indirecto, bajo el argumento de que tal incidencia únicamente procede contra la suspensión a petición de parte y no cuando se decreta de plano. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que procede el incidente de modificación o revocación a la suspensión de plano o de oficio, pues por sus características, efectos y duración, ésta es equiparable a la suspensión que se decreta a petición de parte, ya que ambas...

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