HOJA DE CERTIFICACIÓN DE DERECHOS EXPEDIDA POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS). AUN CUANDO HAYA SIDO DESVIRTUADA EN CUANTO A LAS SEMANAS COTIZADAS, CONSERVA SU VALOR PROBATORIO SI NO EXISTE PRUEBA FEHACIENTE EN CONTRARIO CON LA QUE SE DEMUESTRE UN SALARIO PROMEDIO DE LAS ÚLTIMAS 250 SEMANAS DE COTIZACIÓN SUPERIOR AL CONSIGNADO EN ELLA.
Texto de la tesis
Hechos: El actor señaló como salario promedio diario de sus últimas 250 semanas de cotización un monto superior a los salarios mínimo general y profesional vigentes en la época para el cálculo de su pensión; sin embargo, no exhibió prueba con la cual pudiera corroborar su dicho. La Junta condenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) al pago de la pensión, tomando como base el salario promedio señalado por el actor, toda vez que la prueba consistente en la hoja de certificación de derechos ofrecida por el demandado para acreditar las semanas cotizadas quedó desvirtuada y perdió su valo...
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