IUSera
Registro digital 2024572 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 42/2022 (11a.) · Primera Sala

CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DE AMPARO INDIRECTO. LA IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS QUE INTEGRAN UN CUERPO COLEGIADO REQUERIDO CORRESPONDE ORIGINARIAMENTE AL JUZGADO DE DISTRITO Y NO A LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio de amparo indirecto se otorgó la protección constitucional para que un cuerpo colegiado de naturaleza administrativa emitiera una determinación al que se requirió el incumplimiento, y ante su omisión, fue sancionado sin identificar a las personas que lo integran. Criterio jurídico: Para vencer la eventual renuencia de las personas a cumplir con lo ordenado en una sentencia de amparo, el Juzgado de Distrito debe identificar plenamente a quienes integran un cuerpo colegiado obligado al cumplimiento y no dejar ese aspecto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Justifica...

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