IUSera
Registro digital 2024491 · Jurisprudencia · 11a. Época · I.4o.A. J/2 A (11a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

CONSENTIMIENTO INFORMADO DE LOS MENORES DE CINCO A ONCE AÑOS DE EDAD PARA LA APLICACIÓN DE LA VACUNA CONTRA EL VIRUS SARS-COV-2, PARA LA PREVENCIÓN DE LA COVID-19. ES INAPLICABLE A ESE GRUPO ETARIO, AL NO TENER LAS CONDICIONES DE MADUREZ, INTELECTUALES Y EMOCIONALES PARA COMPRENDER SU ALCANCE, POR LO QUE SU VOLUNTAD SE SUPLE MEDIANTE EL CONSENTIMIENTO DE SUS PADRES, COMO MANIFESTACIÓN DE LA PATRIA POTESTAD.

Civil y Familiar Salud Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona, en representación de su hija menor de edad, perteneciente al grupo etario de cinco a once años de edad, promovió juicio de amparo indirecto contra la omisión de las autoridades de salud del Estado Mexicano de aplicar la vacuna contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19, por no estar comprendido en la política pública de prevención de la enfermedad. El Juez de Distrito concedió la suspensión de oficio y de plano para el efecto de que se inocule a la menor de edad; sin embargo, las autoridades sanitarias se niegan a aplicarla, al considerar que se viola su...

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