VISTA AL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN ADSCRITO. EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEBE ORDENARLA CUANDO ADVIERTA QUE EL QUEJOSO PRIVADO DE LA LIBERTAD EN UN CENTRO PENITENCIARIO DENUNCIÓ HECHOS COMETIDOS EN SU CONTRA POR OTRO INTERNO QUE PODRÍAN SER CONSTITUTIVOS DE DELITOS, QUE NO FUERON INVESTIGADOS POR LA AUTORIDAD CARCELARIA NI SE HICIERON DEL CONOCIMIENTO DE LA REPRESENTACIÓN SOCIAL.
Texto de la tesis
Hechos: En la revisión de la sentencia del amparo promovido contra las amenazas, extorsión y actos de intimidación ejercidos contra el quejoso privado de la libertad en un centro penitenciario por otro interno, con conocimiento de la autoridad carcelaria, el Tribunal Colegiado de Circuito advirtió que los hechos denunciados, los cuales podrían ser constitutivos de delitos, no fueron investigados por el centro penitenciario ni se hicieron del conocimiento de la representación social. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que en tutela judicial efectiva y extensiva de...
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