IUSera
Registro digital 2024402 · Jurisprudencia · 11a. Época · XVII.2o.P.A. J/5 A (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

SUSPENSIÓN DEFINITIVA EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONCEDERLA CONTRA LA OMISIÓN O NEGATIVA DE PENSIONES CIVILES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA DE AFILIAR A LOS BENEFICIARIOS DE UNA DERECHOHABIENTE, PARA EL EFECTO DE QUE SE LES OTORGUE LA ATENCIÓN MÉDICA Y LOS MEDICAMENTOS NECESARIOS HASTA QUE SE DICTE SENTENCIA DEFINITIVA FIRME EN EL PRINCIPAL [INTERRUPCIÓN DE LA JURISPRUDENCIA XVII.2O.P.A. J/7 A (10A.)].

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Las quejosas promovieron juicio de amparo indirecto contra la omisión o negativa de Pensiones Civiles del Estado de Chihuahua de afiliar al servicio médico a sus beneficiarios. El Juez de Distrito negó la suspensión definitiva al considerar que el acto reclamado reviste el carácter de negativo y concederla equivaldría darle efectos restitutorios que son propios de la sentencia definitiva; inconformes, interpusieron recurso de revisión. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que procede conceder la suspensión definitiva contra la omisión o negativa señaladas, p...

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