PRUEBAS EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. SI EL QUEJOSO ADUCE QUE FUE OBJETO DE ACTOS DE TORTURA EN EL CENTRO PENITENCIARIO DONDE SE ENCUENTRA RECLUIDO, Y PARA ACREDITARLOS OFRECE COMO PRUEBA DOCUMENTAL FOTOGRAFÍAS Y VIDEOS OBTENIDOS DE LAS CÁMARAS DE SEGURIDAD, EL JUEZ DE DISTRITO NO DEBE VARIAR DICHO MATERIAL A SOLICITUD DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE POR LA INSPECCIÓN JUDICIAL, AUN CUANDO ÉSTA ALEGUE QUE, DE ENTREGARSE LOS ARCHIVOS RESPECTIVOS, SE PONDRÍAN EN RIESGO LA SEGURIDAD PÚBLICA Y NACIONAL.
Texto de la tesis
Hechos: El quejoso reclamó en el juicio de amparo indirecto que fue objeto de actos de tortura en el centro penitenciario donde se encuentra recluido, y para acreditarlos ofreció como prueba documental fotografías y videos de las cámaras de seguridad instaladas en diversas zonas de dicho centro carcelario. El Juez de Distrito requirió a la directora del lugar para que remitiera los archivos respectivos; sin embargo, ésta solicitó que dichas pruebas se desahogaran mediante una inspección judicial, pues los registros solicitados contenían datos sensibles y, de exponerse a la luz pública, se pond...
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