JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO. LA OPOSICIÓN QUE SE FORMULE CONTRA EL TESTAMENTO APARECIDO DURANTE SU TRAMITACIÓN DEBE PLANTEARSE EN UN JUICIO ORDINARIO Y NO EN EL PROPIO INTESTADO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE SINALOA).
Texto de la tesis
Del artículo 485 del Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa se advierte que si durante la tramitación de un intestado apareciere el testamento, se sobreseerá en aquél para abrir el juicio de testamentaría, a no ser que las disposiciones testamentarias se refieran solamente a una parte de los bienes hereditarios, en cuyo caso se acumularán los juicios bajo la representación del ejecutor testamentario y la liquidación y partición serán siempre comunes, así como los inventarios cuando los juicios se acumularen antes de su formación. Consecuentemente, cuando en un juicio sucesor...
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