IMPUESTO PREDIAL. LOS ARTÍCULOS 13 Y 14 DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE DURANGO, DGO., PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018, AL NO ESTABLECER UNA MECÁNICA PARA CALCULAR LA BASE GRAVABLE (VALOR CATASTRAL) DE ESA CONTRIBUCIÓN, VIOLAN EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona promovió juicio de amparo indirecto en el que reclamó la inconstitucionalidad de los artículos 13 y 14 de la Ley de Ingresos del Municipio de Durango, Dgo., para el ejercicio fiscal 2018, que prevén el impuesto predial. El Juez de Distrito se lo negó al estimar que no violan el principio de legalidad tributaria. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que los artículos 13 y 14 citados, al prever que se tomará como base gravable para la determinación del impuesto predial el 100% del valor catastral correspondiente a ese ejercicio fiscal y que los pre...
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