RECURSO DE INCONFORMIDAD EN EL JUICIO DE AMPARO. DEBE DECLARARSE FUNDADO EL INTERPUESTO POR EL QUEJOSO MENOR DE EDAD CON DISCAPACIDAD PERMANENTE, CONTRA EL ACUERDO POR EL QUE EL JUEZ DE DISTRITO TIENE POR CUMPLIDA LA SENTENCIA, SIN DARLE VISTA ELECTRÓNICAMENTE CON EL INFORME RELATIVO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE, AL HABERSE SOLICITADO Y AUTORIZADO SU NOTIFICACIÓN POR ESA VÍA.
Texto de la tesis
Hechos: El quejoso (menor de edad con discapacidad permanente), por conducto de su representante legal, interpuso recurso de inconformidad contra el acuerdo del Juez de Distrito que tuvo por cumplida la sentencia de amparo en la que se le otorgó la protección federal. En sus agravios expuso que el acuerdo en que se ordenó darle la vista establecida en el artículo 196 de la Ley de Amparo, para que manifestara lo que considerara conveniente respecto de los documentos que remitió la autoridad responsable a efecto de cumplir con el fallo protector, le fue notificado por medio de lista y no electró...
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