IUSera
Registro digital 2024332 · Tesis aislada · 11a. Época · XXVII.2o.1 K (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

RECURSO DE QUEJA EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE EL INTERPUESTO AD CAUTELAM EN EL MISMO ESCRITO EN EL QUE SE SOLICITA SE RECONOZCA COMO TERCERO INTERESADA A UNA PERSONA, PARA EL CASO DE QUE NO SE ACUERDE FAVORABLEMENTE, AL SER UNA DETERMINACIÓN INEXISTENTE AL MOMENTO DE SU INTERPOSICIÓN.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona física (quejosa) solicitó en un mismo escrito, por una parte, que se tuviera por reconocida a una persona moral como tercero interesada y, por otra, para el caso de que no fuera acordada de forma favorable su solicitud, interpuso ad cautelam el recurso de queja. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que es improcedente el recurso de queja en el juicio de amparo indirecto, interpuesto ad cautelam en el mismo escrito en el que se solicita se reconozca como tercero interesada a una persona, para el caso de que no se acuerde favorablemente, al ser una...

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