IUSera
Registro digital 2024315 · Tesis aislada · 11a. Época · II.2o.T.22 L (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

DECLARACIÓN DE BENEFICIARIOS EN MATERIA DE TRABAJO. CUANDO QUIEN LA SOLICITA SEA LA REPRESENTANTE LEGAL DE UN MENOR DE EDAD, DEBE ATENDERSE AL INTERÉS SUPERIOR DE ÉSTE.

Laboral y Seguridad Social Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: La madre, como representante de un menor de edad, en su calidad de dependiente económico del trabajador fallecido, solicitó por la vía laboral que fuera declarado legítimo beneficiario de los derechos laborales que en vida generó su padre, así como el pago de una indemnización por muerte, aduciendo que ese deceso obedeció a un riesgo de trabajo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que, dada la minoría de edad del beneficiario del difunto trabajador, la autoridad laboral se encuentra obligada a brindarle la protección más amplia, incluso direccionar las dive...

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