IUSera
Registro digital 2024295 · Tesis aislada · 11a. Época · VIII.1o.P.A.1 K (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL OCTAVO CIRCUITO.

SUSPENSIÓN DE OFICIO Y DE PLANO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA LA OMISIÓN DE VACUNAR A UN MENOR DE EDAD QUE NO SE ENCUENTRA EN ESTADO DE VULNERABILIDAD CONTRA EL VIRUS SARS-COV-2 (COVID-19).

Constitucional y Amparo Salud Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Varios quejosos promovieron juicio de amparo indirecto contra la omisión de vacunar a sus hijos menores de edad, que no se encuentran en estado de vulnerabilidad, contra el virus SARS-CoV-2 (COVID-19) y solicitaron la suspensión de oficio y de plano para el efecto de que inmediatamente se les aplicara la vacuna Pfizer-BioNTech. El Juez de Distrito determinó que era improcedente conceder la medida cautelar; inconformes, interpusieron recurso de queja. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que es improcedente conceder la suspensión de oficio y de plano contra l...

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