IUSera
Registro digital 2024291 · Tesis aislada · 11a. Época · I.15o.C.31 K (10a.) · DECIMO QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

RECURSO DE QUEJA EN EL JUICIO DE AMPARO. AUN CUANDO RESULTE FUNDADO, LA FACULTAD DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO PARA DICTAR UNA RESOLUCIÓN SIN NECESIDAD DE REENVÍO CONTRA AQUELLA QUE FIJA EL MONTO DE LA GARANTÍA PROVISIONAL NO PROCEDE, CUANDO ESA DETERMINACIÓN NO CUENTA CON LOS MOTIVOS Y FUNDAMENTOS QUE LA JUSTIFICAN, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 103 DE LA LEY DE LA MATERIA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Las tercero interesadas interpusieron recurso de queja en contra del auto que otorgó la suspensión provisional a la quejosa y fijó el monto de la garantía por los posibles daños y perjuicios que se pudieran ocasionar con la paralización de la ejecución de la sentencia interlocutoria reclamada. No obstante, el Juez otorgó la suspensión provisional y fijó un monto equivalente al 9% de la cantidad narrada en los antecedentes de la demanda (a la cual fue presuntamente condenada la parte quejosa) e hizo mención que el cálculo era por el término de tres meses de tiempo probable de solución d...

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