SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO. CONFORME AL ARTÍCULO 32, FRACCIÓN V, ÚLTIMO PÁRRAFO, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN, EL PATRÓN ESTÁ EXENTO DE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL DE SINIESTRALIDAD CUANDO AL DETERMINAR LA PRIMA PARA CUBRIR LAS CUOTAS RELATIVAS, ÉSTA SEA IGUAL A LA DEL EJERCICIO ANTERIOR.
Texto de la tesis
Hechos: El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) determinó la prima media con la que un patrón debía cubrir las cuotas del seguro de riesgos de trabajo, con la justificación de que omitió presentar la declaración anual relativa; inconforme con esa decisión, este último promovió juicio de nulidad, al estimar que estaba exento de presentar la declaración anual de siniestralidad, en virtud de que la prima de riesgo no había tenido modificación alguna. La Sala del Tribunal Federal de Justicia Administrativa reconoció la validez de la resolución impugnada, por lo que el patrón promovió amparo...
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