IUSera
Registro digital 2024255 · Tesis aislada · 11a. Época · III.5o.C.63 C (10a.) · QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

SOBRESEIMIENTO DE LA ACCIÓN PRINCIPAL EN MATERIA CIVIL. IMPLICA NECESARIAMENTE EL DE LA RECONVENCIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Magistrados de la Sala responsable determinaron que se actualizaba la figura jurídica de litisconsorcio, no sólo en relación con la acción reconvencional "litisconsorcio pasivo necesario", sino también en torno a la acción principal "litisconsorcio activo necesario", lo que tuvo por efecto que se ordenara reponer el procedimiento para que fuera llamada a juicio la copropietaria en ambos litigios, atendiendo a la vinculación entre la causa principal en la que se demandó la acción reivindicatoria, respecto a la acción reconvencional en que se reclamó la nulidad de documento fundatori...

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