NOMBRAMIENTOS. EL ARTÍCULO 4, FRACCIÓN II, DE LA LEY PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS, AL PREVER LA POSIBILIDAD DE QUE LAS ENTIDADES PÚBLICAS OMITAN SU EXPEDICIÓN, ES INCONSTITUCIONAL.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona demandó en juicio laboral diversas prestaciones al Ayuntamiento de un Municipio del Estado de Jalisco y, tomando en consideración que el Tribunal de Arbitraje y Escalafón de ese Estado absolvió al demandado del pago de algunas de ellas con base en lo dispuesto en el artículo 4, fracción II, de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, planteó su inconstitucionalidad a través del juicio de amparo directo. Criterio jurídico: La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que el artículo 4, fracción II, de la Ley para l...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.