REGLAS DE LA SANA CRÍTICA. SU MERA REFERENCIA POR PARTE DEL TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO, SIN LA MENCIÓN ESPECÍFICA DEL POSTULADO LÓGICO, MÁXIMA DE LA EXPERIENCIA O CONOCIMIENTO CIENTÍFICO QUE SUSTENTA SU PERSPECTIVA, NO SE TRADUCE EN QUE LA MOTIVACIÓN DE LA PRUEBA ESTÉ REGIDA POR AQUÉLLAS.
Texto de la tesis
Hechos: El quejoso promovió juicio de amparo directo contra la sentencia que, en vía de apelación, confirmó la postura del Tribunal de Enjuiciamiento en cuanto a dar por probada la hipótesis fáctica sustentada por la Fiscalía. En la audiencia de juicio oral, el órgano colegiado en mención, a través del Juez relator sostuvo, entre otras cuestiones, que la valoración de la prueba se sustentaba en las reglas de la sana crítica, pero sin precisar el criterio o directriz de lógica, máxima de la experiencia o conocimiento científico en concreto que respaldaba dicha valoración. Criterio jurídico: Est...
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