IUSera
Registro digital 2024136 · Tesis aislada · 11a. Época · I.4o.A.10 A (11a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. CUANDO LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS (COFEPRIS), AL CONTESTAR LA DEMANDA, OMITE EXPRESAR LOS HECHOS Y EL DERECHO EN QUE FUNDÓ LA NEGATIVA FICTA IMPUGNADA DERIVADA DE UNA SOLICITUD DE REGISTRO SANITARIO, LA NULIDAD DECRETADA DEBE SER PARA QUE DICHA AUTORIDAD EMITA LA RESPUESTA RELATIVA, SIN DARLE OPORTUNIDAD DE REQUERIR OPINIONES TÉCNICAS.

Salud Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Ante la negativa ficta recaída a una solicitud para el registro de un plaguicida químico de uso pecuario, presentada ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), la quejosa promovió juicio contencioso administrativo y toda vez que la autoridad demandada no expresó los hechos ni el derecho en que apoyó la negativa, la Sala del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad de la resolución impugnada para que la autoridad resolviera dicha solicitud, para lo cual podría requerir a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Se...

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