FALLO PRONUNCIADO EN LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL. LA SENTENCIA ESCRITA EMITIDA CON POSTERIORIDAD NO PUEDE REBASAR LAS BASES DE LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA FIJADAS EN AQUÉL.
Texto de la tesis
Hechos: El quejoso promovió juicio de amparo directo contra la sentencia que, en vía de apelación, confirmó la postura del Tribunal de Enjuiciamiento en cuanto a dar por probada la hipótesis fáctica sustentada por la Fiscalía. En la audiencia de juicio oral, el órgano colegiado en cita, a través del Juez relator sostuvo, entre otras cuestiones, que la motivación de la prueba "definitiva" se cristalizaría en la sentencia escrita que se dictaría con posterioridad a ese acto; además, en esta última determinación, dicho cuerpo colegiado valoró un elemento de juicio no referido explícitamente en el...
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