IUSera
Registro digital 2024081 · Tesis aislada · 11a. Época · 1a. II/2022 (10a.) · Primera Sala

MULTA COMO MEDIDA DE APREMIO EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. LA ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 1067 BIS, FRACCIÓN II, DEL CÓDIGO DE COMERCIO, NO VULNERA EL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA.

Mercantil Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Durante el trámite de un juicio ejecutivo mercantil se le impuso a una de las partes una medida de apremio por desacato a un mandato judicial, con fundamento en el artículo 1067 Bis, fracción II, del Código de Comercio. En contra de ese proveído se promovió amparo indirecto, en el que se planteó la inconstitucionalidad del artículo citado aduciendo, esencialmente, que se vulneraban la garantía de seguridad jurídica, el principio de proporcionalidad de las multas y que existía invasión de facultades; la Juez de Distrito negó el amparo, al considerar que el precepto reclamado no contrave...

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