JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. ES IMPROCEDENTE CONTRA LAS ÓRDENES DE BAJA DE LOS ELEMENTOS DE LA SECRETARÍA DE MARINA-ARMADA DE MÉXICO (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 3, FRACCIONES VI Y XII, DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA).
Texto de la tesis
El artículo 3, fracción VI, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa no establece la procedencia del juicio contencioso administrativo para cualquier caso en que estén involucrados los integrantes del Ejército, Fuerza Aérea y Armada nacionales, sino que limitada y concretamente procede contra los actos que "nieguen o reduzcan las pensiones y demás prestaciones sociales que concedan las leyes en favor de los miembros del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada nacional o de sus familiares o derechohabientes con cargo a la Dirección de Pensiones Militares o al erari...
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