IUSera
Registro digital 2024017 · Tesis aislada · 11a. Época · VI.1o.T.1 L (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEXTO CIRCUITO.

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE PUEBLA. TIENEN DERECHO AL SERVICIO MÉDICO, REHABILITACIÓN Y TRATAMIENTO MEDIANTE EL PAGO DE LAS CUOTAS CORRESPONDIENTES, AUN CUANDO NO ESTÉN EN ACTIVO NI SE ENCUENTREN EN EL PERIODO DE CONSERVACIÓN DE DERECHOS, SI ESTÁ SUBJÚDICE LA EXISTENCIA DE LA RELACIÓN LABORAL (INTERPRETACIÓN CONFORME DE LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN VI Y 43, FRACCIÓN IV, DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS PODERES DEL ESTADO DE PUEBLA).

Laboral y Seguridad Social Salud
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: El quejoso reclamó del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla (ISSSTEP), la negativa de otorgarle el servicio médico, rehabilitación y tratamiento, al no estar en activo como trabajador y no encontrarse en el periodo de conservación de derechos, por haber sido dado de baja del régimen de seguridad social, debido al término de su nombramiento y manifestó que promovió juicio laboral, en el que solicitó su reinstalación. Criterio jurídico: De la interpretación conforme de los artículos 26, fracción VI y 43, fracción...

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