RECURSO DE APELACIÓN CONTRA LA SENTENCIA CONDENATORIA DICTADA POR EL TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO. EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA INTERPONERLO INICIA A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL EN QUE SE VERIFICÓ LA AUDIENCIA DE SU LECTURA Y EXPLICACIÓN A LAS PARTES QUE ASISTIERON Y A QUIENES SE ENCONTRABAN OBLIGADOS A COMPARECER [ABANDONO DE LA TESIS AISLADA XVII.2O.P.A.1 P (11A.)].
Texto de la tesis
Hechos: El Tribunal de Enjuiciamiento emitió oralmente la sentencia condenatoria contra el acusado, señaló fecha para la audiencia de individualización de sanciones y reparación del daño y, en la celebración de ésta citó nuevamente a los intervinientes para la audiencia de lectura y explicación de sentencia; haciéndoles saber que, a partir de esa fecha iniciaba el plazo para la interposición de los recursos; en la data señalada, dicho tribunal levantó certificación, en la que hizo constar que se dispensó la celebración de la audiencia de lectura de sentencia programada a solicitud del sentenci...
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