DEVOLUCIÓN DE SALDO A FAVOR DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA). EL ARTÍCULO 5.1. DEL DECRETO QUE COMPILA DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES Y ESTABLECE MEDIDAS DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 26 DE DICIEMBRE DE 2013, AL PREVER UN BENEFICIO EN FAVOR DEL CONTRIBUYENTE, ES APLICABLE PARA COMPUTAR EL PLAZO PARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA SOLICITUD RELATIVA (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2015).
Texto de la tesis
Hechos: Una persona moral promovió juicio contencioso administrativo contra la negativa de la solicitud de devolución de saldo a favor del impuesto al valor agregado (IVA) correspondiente a un periodo del ejercicio fiscal 2015. La Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad de la resolución impugnada, para el efecto de que se emitiera una nueva debidamente fundada y motivada, en la que devolviera a la actora el importe solicitado. Inconforme, la autoridad fiscal interpuso recurso de revisión, al estimar que se aplicó indebidamente el Decreto que compila div...
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