CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DE AMPARO. EN LOS CASOS EN QUE PROCEDA LA DEVOLUCIÓN DE CANTIDADES ANTE LA INCONSTITUCIONALIDAD DE NORMAS QUE PREVÉN APORTACIONES, Y EN EL FALLO NO SE HAYA ESPECIFICADO LA MANERA EN QUE DEBE REALIZARSE LA ENTREGA, LA DETERMINACIÓN DEL MECANISMO IDÓNEO PARA TAL FIN FORMA PARTE DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN.
Texto de la tesis
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes, si bien coincidieron en cuanto a que en casos en los que se ordena la devolución de una cantidad de dinero a la parte quejosa, la restitución en el goce del derecho vulnerado sólo ocurre cuando se materializa la entrega, sin embargo, llegaron a soluciones discrepantes, en tanto que dos tribunales sostuvieron que la forma idónea de realizar la devolución era una cuestión inherente a los efectos concesorios de las ejecutorias de amparo, mientras que el diverso órgano consideró que el medio a través del cual se realice la entrega de la...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.