AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO. SI EXISTE REGISTRO DE AUDIO Y VIDEO DE LA AUDIENCIA EN LA QUE SE PRONUNCIÓ, PARA SU VALIDEZ ES INNECESARIO QUE CONSTE ADEMÁS POR ESCRITO, DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 16, PÁRRAFO PRIMERO, ÚLTIMA PARTE, DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL.
Texto de la tesis
Hechos: Un Juez de Distrito concedió el amparo para que el Juez de Control emitiera por escrito el auto de vinculación a proceso, al estimar que, de acuerdo con el artículo 67, párrafo segundo, fracción IV, del Código Nacional de Procedimientos Penales, la emisión oral en la propia audiencia y respaldada en registro de audio y video, junto con la versión escrita de esa determinación, conformaban la integridad del acto reclamado. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que para la validez del auto de vinculación a proceso, si obra registro de audio y video de la audienc...
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