IUSera
Registro digital 2023890 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 29/2021 (10a.) · Primera Sala

ACTA DE NACIMIENTO. PROCEDE LA RECTIFICACIÓN DE LA FECHA ASENTADA PARA ADECUARLA A LA REALIDAD SOCIAL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE SINALOA).

Civil y Familiar
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados contendientes sostuvieron criterios distintos respecto a la interpretación taxativa o conforme de la fracción III del artículo 1193 del Código Familiar del Estado de Sinaloa, que prevé la posibilidad de modificar la fecha de natalicio contenida en el acta de nacimiento, siempre que la pretendida sea anterior a la fecha de registro. Uno consideró que en la aplicación del principio pro persona, y de acuerdo con el derecho a la identidad, era procedente cambiar la fecha de nacimiento del acta, a pesar de que ésta fuera posterior a la de registro. En cambio, los o...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.