IUSera

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Registro digital 2023853 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 47/2021 (11a.) · Primera Sala

DELITOS DE COMISIÓN POR OMISIÓN. SU REPROCHE PENAL NO DERIVA DE LA REALIZACIÓN DE UNA ACCIÓN QUE PONGA EN MARCHA UNA CADENA CAUSAL DIRIGIDA A LA PRODUCCIÓN DE LOS RESULTADOS MATERIALES PROHIBIDOS POR LA LEY, SINO DE LA INOBSERVANCIA DE UN DEBER ESPECÍFICO DE ACTUAR, A FIN DE IMPEDIR TALES CONSECUENCIAS.

Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Con motivo de un incendio que se propagó rápidamente a una guardería perteneciente al esquema vecinal comunitario del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), perdieron la vida cuarenta y nueve menores de edad y resultaron lesionadas al menos cuarenta y tres personas más, en su mayoría niñas y niños. En la sentencia combatida se consideró que esos resultados típicos –homicidios y lesiones– eran penalmente atribuibles a quienes no los evitaron debiendo hacerlo, lo cual, en lenguaje técnico jurídico, se conoce como "comisión por omisión". En el caso, el inconforme sostuvo que, como s...

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