SUSPENSIÓN DE OFICIO Y DE PLANO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA LA OMISIÓN DE APLICAR A UN MENOR DE EDAD LA VACUNA CONTRA EL VIRUS SARS-COV-2, PARA LA PREVENCIÓN DE LA COVID-19.
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio de amparo indirecto la parte quejosa solicitó la suspensión de oficio y de plano del acto reclamado, para el efecto de que se vacunara a su hijo menor de edad contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la enfermedad COVID-19, ante el regreso a clases presenciales del ciclo escolar 2021-2022; el Juez de Distrito negó la medida cautelar, por lo que aquélla promovió recurso de queja. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que es improcedente conceder la suspensión de oficio y de plano contra la omisión de aplicar a un menor de edad la vacuna co...
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