RECURSO DE QUEJA EN MATERIA CIVIL. EL HECHO DE QUE EL JUEZ DE PRIMER GRADO LO ADMITA, NO VINCULA AL TRIBUNAL DE ALZADA A SUSTANCIARLO Y RESOLVERLO EN EL FONDO (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).
Texto de la tesis
Hechos: La parte actora en un juicio ordinario mercantil interpuso recurso de apelación en contra de la resolución que desechó su demanda y el Juez de origen lo desechó por estimarlo extemporáneo; en contra de esta última resolución interpuso recurso de queja por denegada apelación. El Juez admitió el recurso y lo envío al tribunal de alzada, el que lo declaró inadmisible. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el hecho de que el Juez de primer grado admita un recurso de queja y lo envíe al tribunal de alzada, no vincula a éste a sustanciarlo y resolverlo en el fo...
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