IUSera
Registro digital 2023761 · Jurisprudencia · 11a. Época · PC.I.L. J/5 L (11a.) · PLENO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

AUTORIDAD RESPONSABLE EQUIPARADA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 5O., FRACCIÓN II, DE LA LEY DE AMPARO. TIENE TAL CALIDAD EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO (ISSSTE) –A TRAVÉS DE LAS DEPENDENCIAS PATRONALES INDEPENDIENTEMENTE DEL NIVEL AL QUE PERTENEZCAN– AL DESATENDER LA NORMATIVA, LOS MANDATOS ADMINISTRATIVOS O LAS RECOMENDACIONES DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), GENERADOS DE MANERA EXTRAORDINARIA PARA COMBATIR LA PANDEMIA POR EL VIRUS SARS-COV2 (COVID-19), CUANDO NIEGAN, IMPIDEN U OMITEN AUTORIZAR LA AUSENCIA AL CENTRO DE TRABAJO DE UN TRABAJADOR EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD EN EL CONTEXTO DE LA EPIDEMIA.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social Salud
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sostuvieron posturas discrepantes al determinar, uno de ellos, que el ente demandado en amparo no tiene la calidad de autoridad responsable, debido a que la relación existente entre las partes es de coordinación entre el patrón y sus empleados; en tanto que el otro determinó que las entidades patronales omisas en evitar que sus empleados considerados vulnerables ante la pandemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), asistan a los centros de trabajo, tienen el carácter de autoridad responsable y sus actos son susceptibles de...

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