AUDIENCIA DE JUICIO ORAL. DEBE ORDENARSE SU REPOSICIÓN TOTAL O PARCIAL, CUANDO EL TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO ADVIERTE UNA MANIFIESTA Y SISTEMÁTICA INCAPACIDAD TÉCNICA DEL DEFENSOR Y NO ACTÚA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 121 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.
Texto de la tesis
Hechos: En la sentencia que constituye el acto reclamado, la Sala Penal responsable inadvirtió que en la audiencia de juicio oral el quejoso no tuvo una defensa adecuada en su vertiente material, por desconocimiento técnico del sistema penal acusatorio de su abogado defensor, por lo que no estuvo en igualdad de condiciones respecto del órgano acusador. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito, al advertir que en la etapa de juicio oral se vulneraron en perjuicio del quejoso el derecho a gozar de una defensa adecuada en su vertiente material, así como los principios de debido proc...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.