IUSera
Registro digital 2023681 · Tesis aislada · 11a. Época · VII.2o.C.2 C (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

DIVORCIO. LA INTERPRETACIÓN CONFORME Y CON PERSPECTIVA DE GÉNERO DEL ARTÍCULO 161 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ, QUE PREVÉ LA DIVISIÓN DE LOS BIENES COMUNES AL EJECUTARSE AQUÉL, DEBE COMPRENDER TAMBIÉN LOS ADQUIRIDOS DURANTE EL MATRIMONIO, AUNQUE SE HAYA CELEBRADO BAJO EL RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES, CUANDO UNO DE LOS CÓNYUGES SE DEDICÓ A LAS LABORES DEL HOGAR.

Civil y Familiar Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio de divorcio se otorgó una pensión compensatoria, en la segunda instancia se confirmó dicha medida y, en el juicio de amparo, se alegó como concepto de violación que no se tomaron en cuenta, para el establecimiento de la pensión, los bienes habidos durante el matrimonio que están a nombre del deudor. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el cónyuge que se dedicó a las labores del hogar tiene derecho a una parte de los bienes de su expareja que adquirió durante el matrimonio, aunque se haya celebrado bajo el régimen de separación de bienes, con...

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