PRUEBA CONFESIONAL EN EL JUICIO LABORAL. DEBE DESAHOGARSE CONFORME A SU NATURALEZA Y NO COMO TESTIMONIAL PARA HECHOS PROPIOS, CUANDO SE OFRECE A CARGO DE UN EXSERVIDOR PÚBLICO DE MANDO SUPERIOR, SI LA PERSONA FÍSICA PROPUESTA NUEVAMENTE OSTENTA EL MISMO CARGO (PRESIDENTE MUNICIPAL).
Texto de la tesis
Hechos: Un trabajador promovió juicio ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tabasco, en el cual ofreció la prueba confesional a cargo de un servidor público de mando superior (presidente municipal), la cual se aceptó, pero se precisó como un hecho notorio que el absolvente ya no fungía en el cargo y, dada su naturaleza, se desahogaría como testimonial para hechos propios. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que debe desahogarse como confesional y no como testimonial para hechos propio aquella prueba, cuando se ofreció a cargo de un exservidor p...
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