IUSera
Registro digital 2023634 · Tesis aislada · 11a. Época · I.10o.A.3 A (11a.) · DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

MARCAS. EL ANÁLISIS DE SEMEJANZA EN GRADO DE CONFUSIÓN A QUE SE REFIERE LA FRACCIÓN XVIII DEL ARTÍCULO 90 DE LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL ABROGADA, CONCERNIENTE A LOS PRODUCTOS O SERVICIOS A QUE SE ENCUENTRAN DIRIGIDOS LOS SIGNOS, NO DEBE EFECTUARSE A PARTIR DE LOS QUE EFECTIVAMENTE SON PUESTOS EN EL MERCADO POR LOS TITULARES DEL REGISTRO MARCARIO.

Mercantil
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio contencioso administrativo, la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa reconoció la validez de la resolución del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), mediante la cual se negó la solicitud de un registro marcario, al considerar que era coincidente con uno ya registrado. En su contra, el quejoso promovió amparo directo en el que argumentó que la semejanza en grado de confusión respecto a los productos o servicios de signos similares debe atender a la cuestión de hechos relativa a los bienes a los...

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