JUICIO DE AMPARO. SE ACTUALIZA UN MOTIVO MANIFIESTO E INDUDABLE DE IMPROCEDENCIA CUANDO FIGURA COMO ACTO RECLAMADO EL ACUERDO GENERAL CONJUNTO 1/2015, DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL Y, POR TANTO, PROCEDE DESECHAR LA DEMANDA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 61, FRACCIONES II Y III, DE LA LEY DE LA MATERIA.
Texto de la tesis
Conforme al contenido de los artículos 94 y 100 de la Constitución General, en concordancia con la regulación electrónica derivada de los artículos 3o. y décimo primero transitorio, de la Ley de Amparo, los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, emitieron el Acuerdo General Conjunto 1/2015 que regula los servicios tecnológicos relativos a la tramitación electrónica del juicio de amparo, las comunicaciones oficiales y los procesos de oralidad penal en los Centros de Justicia Penal Federal, constituyendo con tal actuar una unidad indisoluble;...
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