FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO. EL ARTÍCULO 6, PUNTO 1, INCISO L), DEL REGLAMENTO RELATIVO, AL PREVER COMO MEDIDA DE SEGURIDAD LA OBLIGACIÓN DE LOS PROPIETARIOS DE FARMACIAS CON VENTA DE ABARROTES ANEXO A VINOS Y LICORES DE CONTAR CON PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA, ARMADA Y DE POLICÍA AUXILIAR, VIOLA LOS ARTÍCULOS 21 Y 115 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL.
Texto de la tesis
El artículo 6, punto 1, inciso l), del Reglamento para el Funcionamiento de Giros Comerciales, Industriales y de Prestación de Servicios en el Municipio de Guadalajara, al obligar a los propietarios de algunos establecimientos, entre ellos, las farmacias con venta de abarrotes anexo a vinos y licores, de cumplir con la medida de seguridad consistente en contar con personal de seguridad privada, armada y de policía auxiliar custodiando la operación del negocio, viola los artículos 21 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que de manera exclusiva deben proporcionar la...
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